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La Sala II de la Cámara Federal de San Martín resolvió revocar el procesamiento de la intendenta interina de Quilmes, Eva Mieri, en la causa que investiga el “ataque” al domicilio del exdiputado José Luis Espert, y dictó en su lugar la falta de mérito, una decisión que implica que no existen pruebas suficientes para avanzar hacia un juicio.

En primera instancia, la jueza federal Sandra Arroyo Salgado había dictado el procesamiento de la en este entonces concejala Eva Mieri, lo que ahora fue dejado sin efecto por el tribunal de alzada.

Desde el entorno de la jefa comunal cuestionaron duramente el accionar judicial, al sostener que el fallo original respondía a una “persecución política” y que la resolución de la Cámara confirma la debilidad de las acusaciones. En esa línea, remarcaron que la falta de mérito expone la inexistencia de pruebas contundentes.

Los jueces Alberto Lugones y Néstor Barral sostuvieron que no está probado que existiera una “agrupación” con fines delictivos.

“A criterio del Tribunal los elementos probatorios colectados no resultan suficientes para confirmar los procesamientos de Alesia Abaigar, Eva Carina Alejandra Mieri e Iván Nicolás Díaz Bianchi, motivo por el cual se revocará el auto apelado y se dispondrá la falta de mérito para ordenar sus procesamientos o sus sobreseimientos”, indicaron.

Asimismo, sectores del oficialismo local aprovecharon la decisión para criticar a la magistrada Arroyo Salgado, apuntando a supuestas arbitrariedades en su intervención en causas de alto perfil político.

Es más, los jueces dijeron que “la labor jurisdiccional debe ceñirse a los hechos objeto del proceso, puesto que son ellos -y no otros- los que delimitan el marco sobre el cual se encuentra habilitado el juez, como tercero imparcial, para resolver el caso”.